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Ley 941: qué tiene que incluir la liquidación de expensas

El contenido mínimo que la Ciudad de Buenos Aires exige en la rendición mensual de un consorcio, punto por punto y con un checklist para revisar antes de publicar.

Guía de Gumber · Actualizada el 6 de octubre de 2026

En esta guía

  1. Qué es la Ley 941
  2. Datos del administrador y del consorcio
  3. Gastos, proveedores y seguros
  4. Personal y honorarios
  5. Juicios
  6. Cuentas bancarias y estado financiero
  7. Documentación respaldatoria
  8. Checklist antes de publicar

Qué es la Ley 941

La Ley 941 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y fija las obligaciones de quien administra un edificio en CABA. El control lo hace la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDYPC), que puede aplicar apercibimientos, multas, suspensiones o la exclusión del registro.

Su artículo 10 enumera lo que la administración tiene que informar en la liquidación mensual. No alcanza con un listado de gastos y el importe a pagar: la liquidación es una rendición de cuentas.

Datos del administrador y del consorcio

Gastos, proveedores y seguros

Los gastos se informan separando las expensas ordinarias de las extraordinarias. Por cada proveedor o contratista corresponde detallar nombre, domicilio, CUIT, matrícula cuando la tenga, el trabajo realizado o los elementos provistos, el importe y, si se paga en cuotas, cuál corresponde al período.

Por cada seguro: compañía, número de póliza, tipo de cobertura, qué elementos asegura, vencimiento e importe de la cuota.

Personal y honorarios

Del personal del consorcio se informa nombre, categoría, CUIL, sueldo básico, horas extra y los conceptos liquidados. En el caso de los encargados de edificio, la liquidación de sueldos se rige por el convenio colectivo 589/10.

Los honorarios del administrador se muestran por separado, con el importe del período.

Juicios

Si el consorcio tiene juicios en curso, se informa el juzgado, el número de expediente, la carátula, el objeto, el estado y el capital reclamado. Si no hay ninguno, conviene decirlo expresamente.

Cuentas bancarias y estado financiero

La liquidación incluye el resumen de las cuentas bancarias del consorcio (saldo inicial, ingresos, egresos y saldo final del período) y un estado patrimonial que muestre lo que se adeuda al consorcio y lo que el consorcio debe.

Documentación respaldatoria

Los propietarios tienen derecho a ver los comprobantes que respaldan cada gasto. La Disposición 1146/DGDYPC/24 permite cumplirlo poniendo en la liquidación un código QR o un enlace que lleve a esa documentación, y en 2025 se sumó el envío mensual de la documentación junto con la liquidación y la entrega del reglamento de copropiedad a cada propietario.

Checklist antes de publicar

  1. ¿Están completos los datos del administrador, el número de RPA y la clave SUTERH?
  2. ¿Cada gasto tiene su comprobante y coincide el importe?
  3. ¿Están separadas las expensas ordinarias de las extraordinarias?
  4. ¿Figuran proveedores, seguros, personal, honorarios y juicios con todos sus datos?
  5. ¿Está el resumen bancario y el estado de deudas y créditos?
  6. ¿El QR o el enlace a los comprobantes funciona?
  7. ¿La suma de lo que paga cada unidad es igual al total de gastos?

Para la parte del cálculo, mirá Cómo liquidar expensas paso a paso.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el RPA de administradores de consorcios?

Es el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de la Ciudad de Buenos Aires, creado por la Ley 941. Quien administra un consorcio en CABA tiene que estar inscripto y su número de inscripción tiene que figurar en la liquidación.

¿Quién controla que se cumpla la Ley 941?

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad (DGDYPC), que puede aplicar apercibimientos, multas, suspensiones o la exclusión del registro.

¿Qué pide la Disposición 1146/DGDYPC/24?

Que la documentación respaldatoria de los gastos esté al alcance de los propietarios, y permite hacerlo con un código QR o un enlace incluido en la liquidación.

¿La Ley 941 se aplica fuera de CABA?

No. Es una ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En otras jurisdicciones rigen el Código Civil y Comercial y las normas locales que existan.

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Esta guía es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal ni contable. Las normas cambian: antes de aplicar una regla, verificá el texto vigente y lo que dispone el reglamento de copropiedad de cada edificio.